Canal Ético

Canal Ético

TELDAT pone a disposición de empleados y terceros con los que se relacione profesionalmente el Canal Ético. El Canal Ético es una herramienta que permite realizar comunicaciones referentes a conductas que puedan suponer una vulneración del ordenamiento jurídico o del Código de Conducta de TELDAT (click aquí para descargar).

Con la implementación del Canal Ético, TELDAT da un paso más en su compromiso con la legalidad vigente y suma una herramienta que resulta decisiva para la implementación de un modelo de cumplimiento normativo que disponga de todas las garantías.

TRANSPARENCIA

El Canal Ético permitirá a la entidad prevenir y controlar posibles conductas inapropiadas y mejorar su modelo de negocio. La aplicación de esta medida también mejorará la confianza de sus proveedores y clientes, dando la imagen de una entidad con unos principios sociales firmes y vigentes.

GLOBAL

Este Canal Ético será de aplicación a todas las empresas del grupo situadas en varios continentes.  Todas las entidades se verán beneficiadas de las mejoras que supone la implementación del canal.

NO REPRESALIAS

Las comunicaciones realizadas no implicarán represalia alguna para los informantes, que gozarán de todas las garantías a nivel de seguridad. TELDAT valora de forma muy positiva que sus empleados, proveedores y clientes realicen comunicaciones a través de este canal, lo que supone una muestra de cumplimiento con los principios éticos de la entidad.

CONFIDENCIALIDAD

Todas las comunicaciones tendrán carácter confidencial, se realicen desde la vertiente anónima o desde la vertiente confidencial.

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

TELDAT no prejuzgará ningún tipo de información recibida, tratando a todas las personas que puedan aparecer en algún tipo de comunicación bajo el principio constitucional de presunción de inocencia.

PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos de los informantes y de las personas que aparezcan en las comunicaciones no se tratarán más allá de los fines de tramitar la comunicación. Todo ello conforme al aviso de privacidad que aparecerá al presentar la comunicación y que será aceptado previamente por los informantes.

Los informantes podrán proceder a realizar una comunicación a la A.A.I. (Autoridad Independiente de Protección al Informante), que se constituye como canal externo de información.